● “Han pasado más de cuatro años sin decisión”, afirma la defensa de Juan Tomás Polanco
Santo Domingo, octubre de 2025. El imputado Juan Tomás Polanco Céspedes, a través de su abogado Lic. Alberto Almonte De los Santos, presentó el pasado viernes un pedimento de extinción de la acción penal en el proceso que se le sigue dentro del caso Calamar, alegando que ha transcurrido un plazo superior al permitido por el Código Procesal Penal desde el inicio formal de las actuaciones en su contra.
El
Lic. Almonte De los Santos explicó que su defendido fue citado formalmente en
el año 2021, momento que, conforme al artículo
148 del Código Procesal Penal, marca el inicio del cómputo del plazo máximo de
cuatro años para la duración de un proceso penal sin que se haya dictado una
decisión definitiva. Dicho criterio —afirmó el jurista— ha sido reiteradamente
refrendado por el Tribunal Constitucional.
La
defensa sostiene que la prolongación del proceso más allá de ese límite
constituye una vulneración del derecho fundamental a ser juzgado en un plazo
razonable, reconocido en la
Constitución de la República.
Asimismo,
el Lic. Almonte De los Santos destacó que Polanco Céspedes ha mantenido una conducta procesal intachable,
compareciendo a todas las citaciones y audiencias, por lo que el retraso
procesal no le es atribuible.
“Vale
la pena recordar —expresó el abogado— que la acusación del caso Calamar fue
finalmente depositada por el Ministerio Público en el año 2024, luego de haber
sido intimado por la jueza Franchesca Potentini Rosario, quien le negó una
nueva prórroga solicitada en el mes de abril de ese año.”
El
pedimento fue presentado ante el tribunal que conoce la audiencia preliminar
del caso Calamar, el cual deberá
decidir si procede declarar extinguida la acción penal o continuar con el curso
del proceso.

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